martes, 31 de mayo de 2011

Una gran distancia

Definitivamente se queda uno sin saber, si lo que hay es un gran rompimiento entre el actual Gobierno y el anterior, o si es que en materia de políticas de Estado, al interior de este, nadie sabe para donde coger, o mejor, que todos se limitan a diseñar e implementar Políticas de Gobierno, porque a lo sumo, logran aplicarlas por lo que dura este, descontándoles el tiempo gastado en estructurar la propuesta, presentar el proyecto, defenderlo, implementarlo y después complementarlo.

Esta afirmación es válida, para el manejo del orden público, la seguridad ciudadana, las relaciones internacionales, la interlocución con los partidos políticos y con las cortes, y muchos más casos, en los que los colombianos ven que entre Uribe y Santos, la distancia es cada vez más grande. Pero hay un tema, que por la magnitud del problema, no se ha visto que lo que hay de fondo, también es una enorme diferencia conceptual entre este y el anterior gobierno, en este sí que hay una gran distancia, contradicciones evidentes y posturas radicalmente opuestas.

El 23 de diciembre de 2009, el Presidente Uribe expidió el Decreto 4975, y a la luz de este, entre diciembre y enero de 2010, se expidieron 13 decretos mas, con los cuales se pretendía conjurar la grave crisis financiera del sistema de salud colombiano. La Sala Plena de la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-252/10 del 16 de abril de 2010, con ponencia del Magistrado Jorge Iván Palacio, declara inexequible este Decreto Legislativo e igualmente la “inconstitucionalidad por consecuencia” de los otros 13. Sin embargo, el Fallo establece un “efecto diferido” para los decretos que establecían fuentes tributarias, incrementando las tarifas del impuesto al consumo de varios productos y servicios como la cerveza, los productos derivados del tabaco, los juegos de suerte y azar y algunos vinos y licores, cuyo recaudo estaría total o parcialmente destinado a la financiación de los servicios de salud. Este tema fue resuelto definitivamente con la Ley 1393 del 12 de julio de 2010.

Sin embargo, las medidas de fondo para conjurar la crisis del sector salud, deberían haber sido propuestas y adoptadas por el actual gobierno, que si bien logró presentar, aprobar y sancionar la Ley 1438 del 19 de enero de 2011; en ella, no adopta todas las medidas que se implementaban en los Decretos de Emergencia Social, que fueron declarados inexequibles, no por razón de falta de utilidad, inconveniencia de ellos o inclusive inconstitucionalidad, si no, porque no se estaba “en presencia de hechos sobrevinientes y extraordinarios” que motivaran la expedición del Decreto madre.

No se entiende entonces, porque temas como mayores controles a las EPS e IPS, mayor reglamentación al flujo de recursos, mas regulación a la integración vertical, mayores garantías de accesibilidad y oportunidad en los servicios de salud a través de mejor estandarización de la calidad en el ejercicio de las profesiones y en la formación del recurso humano, fortalecimiento a la red pública de servicios, y muchos otros temas como la descentralización, que en los decretos del 2009 y 2010 fueron planteados con amplitud y que hoy mantienen al sector en crisis, no fueran incluidos y priorizados en la Ley 1438 o en otras nuevas.

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